LETRA PEQUEÑA EN LOS SEGUROS
Me apetece escribir este apunte, porque aún en el año 2012, casi, sigo escuchando a personas hablar de LETRA PEQUEÑA en los contratos de seguro. Quiero expresar mi sentimiento de impotencia a la hora de indicar que no hay LETRA PEQUEÑA en lás pólizas de seguros, por mi posición en el sector asegurador la ley me obliga a ayudar al cliente y/o asegurado pero a veces se me hace muy difícil.
Lo que realmente ocurre es que hay malos profesionales ya que no explican a sus clientes para que es el seguro y que cubre. Además de imponerselo en algunos casos como por ejemplo: Seguros de Baja (ILT), Seguro de Desempleo entre otros, para hacer frente a pagos pendientes en créditos, préstamos o similares.
Son varias las personas las cuales me han visitado (no siendo clientes) para asesorarles y orientarles en el trámite de siniestros y después de revisar la documentación he visto que no se deberían de haber contratado dichas pólizas. Por ejemplo: un caso de una persona que acaba en el Inem y no cobra la prestación de la póliza porque el último contrato de trabajo que tuvo era temporal ¿por que cuando hizo la declaración del riesgo no le advirtieron de tal circunstancia? Con lo cual ha pagado durante dos años y ahora no tiene indemnización. Otro ejemplo: Persona que sufre un infarto en la década de los 90 y hace un seguro de bajas para cubrir un préstamo en el año 2004 (a petición del profesional que le asesora en ese momento) tiene una baja de 11 meses por problemas coronarios y tampoco cobra, el cliente mantiene que explicó las dolencias tenidas a la persona que le asesoró en la contratación de la póliza.
Por otro lado, me encuentro con clientes y asegurados en situaciones que te piden una oferta de cualquier riesgo, lo estudias y elaboras varios presupuestos con un coste de 4.000 € el más caro y 2.500 € el más económico, después de hablar con él en varias ocasiones para hacer las aclaraciones oportunas se decide y escoge el de 2.500 €, pasan los años y hay un siniestro, resulta que aquella garantía la pusistes a valor parcial por que él te dijo que aquello nunca ocurriría y si ocurría él se haría cargo de la diferencia. Cuando el cliente sabe el valor de la peritación y le llevas el talón o recibe la transferencia, siempre vuelves a escuchar la misma retaíla “claro no me leí la LETRA PEQUEÑA”.
Sres. Profesionales, hagan el favor de explicar las cosas como son y si no se puede hacer no se haga. Y Sres Clientes cuando pidan una oferta y hay una diferencia muy importante si no saben pregunten por qué es así, no se lleven a engaño a lo mejor no se puede dar algo que vale 4.000 € por 2.500 €.
Espero que este post haga recapacitar a unos y a otros, ya que a veces las compañías no tienen toda la culpa. Julio Cesar Andreu

LO DE LA LETRA PEQUEÑA TAMBIEN PODRIA ENTENDERSE DE FORMA LITERAL EN LA QUE SE ESCRIBEN Y REDACTAN LOS CONTRATOS DE SEGUROS Y OTROS TIPOS DE FORMULARIOS, ES IMPOSIBLE EL QUE UNA PERSONA NORMAL PUEDA CASI LEER LO ESCRITO YA QUE ES TAN MINUSCULO QUE SE NECESITA MUCHAS VECES LUPA PARA LEERLO, NO CREE USTED QUE HAY UN ACTO DE MALA FE O DE PUBLICIDAD ENGAÑOSA POR PARTE DE LAS COMPAÑIAS AL REDACTAR NO LAS POLIZAS, SINO LOS ARTICULOS DE LAS MISMAS Y QUE ELLO LLLEVA A HERROR AL USUARIO AL NO PODER VER LO QUE HA FIRMADO Y COMPROBAR QUE COINCIDE CON LO QUE LE HAN DICHO??.
Hola, y muchas gracias por consultar el blog y enviarme este comentario. Como respuesta a él, cualquier persona normal es capaz de ver las letras de las pólizas hoy en día y las condiciones o clausulas que tiene que leer con mayor atención, es obligado ponerlas en letras mayúculas o bien remarcadas en negrilla, (obligado por ley desde hace años) no creo personalmente que ninguna compañía al redactar un condicionado actue de mala fe o intente engañar al cliente, además antes de salir al mercado cualquier tipo de póliza tiene que estar autorizado por la DGS, la cual previamente se ha encargado de revisar dicho condicionado y si hay clausulas lesivas para el asegurado lo hace cambiar y si aún así saliese al mercado por error la ley prevee que será nula de pleno derecho, además, la compañía estaría en la obligación de pagar el siniestro si existiese. Con todo ello para salvaguar los intereses de los clientes hay una figura llamada Mediador de Seguros que es el encargado de explicar dicha póliza y cuando se entrega el presupuesto tiene el cliente derecho a pedir las condiciones antes de contratar y después formalizado el contrato y pagada la prima aún tiene derecho el tomador durante 20 días a retornar la póliza si no se adapta a las condiciones pactadas en la solicitud. Espero que estas aclaraciones le den un poco de más luz a estas situaciones. Andreu
Yo tengo que reconocer, que me dedico al seguro desde hade algo mas de 30 años, y efectivamente no creia en la letra pequeña de los seguros, mas bien creia en la falta de información, falta de asesoramiento, etc, pero sin embargo, debo reconocer que si existe la “letra pequeña” en los seguros.
Es mas, cada vez existe la “letra mas pequeña”, puesto que de no utilizar lentes para leer las pólizas, en los últimos años modifique los cristales en mas de un par de ocasiones, por lo que afirmo.
“Cuando vas envejeciendo, los seguros tienen la letra mas pequeá”………………………..posiblemente el resto de contratos, periodicos, etc,, tambien.
Si hablamos de SEGUROS es importante que tengamos en claro que es un producto delicado, que no es lo mismo que adquirir un par de zapatos nuevos. Letra pequeña hay en cualquier parte, al igual que términos y condiciones y/o cláusulas que protegen a las Cías, lo que estas deben hacer es actuar éticamente y poner de manifiesto aquellas políticas que pueden afectar a los clientes.
En lo personal considero que es mejor poner en claro aquellos detalles, a los que podríamos englobar en la “letra pequeña”, que tener que lidiar con reclamos que perjudiquen a los usuarios.
Saludos!
Hola, muchas gracias por consultar el blog. Siempre es bueno recibir comentarios subjetivos por parte de las personas el cual agradezco ya que sirven mucho para saber la opinión del consumidor, por otro lado no esta este blog para proteger a las compañías aseguradoras ni mucho menos, pero tampoco esta para tirarles tierra encima, tal y como detalla La ley de Contrato de Seguro y su artículos adicionales fue creada para proteger a los usuarios, y ademas se contempla en ella que cuando hubiese un articulo ambiguo en una póliza de seguro (la cual previamente ha sido revisada por la DGS) siempre será favorable al consumidor (Tomador, asegurado y/o beneficiario), tal y como indica a veces en los reclamos se ha de tener en cuenta que nadie da duros a cuatro pesetas y muchas veces el que sale defraudado en una póliza es debido a que no actuó correctamente a la hora de la contratación, (no se si es por desconocimiento, intencionalidad, mala fe o incompetencia), y como indica en su comentario no es lo mismo comprarse unos zapatos que si te apretan lo notas en el momento o al día siguiente con lo que puede llevar una perdida de 200 euros, por poner un ejemplo, que contratar un seguro de vida viciado que lo pueden averiguar tus herederos después de haber pagado durante 10 años y no cobrar indemnización alguna. Espero que este comentario de un poco de luz a este sector, reitero mi agradecimiento por su interés, saludos. Andreu