LETRA PEQUEÑA EN LOS SEGUROS

{ Creado el Dic 09 2011 por Julio }

 

Me apetece escribir este apunte, porque aún en el año 2012, casi, sigo escuchando a personas hablar de LETRA PEQUEÑA en los contratos de seguro. Quiero expresar mi sentimiento de impotencia a la hora de indicar que no hay LETRA PEQUEÑA en lás pólizas de seguros, por mi posición en el sector asegurador la ley me obliga a ayudar al cliente y/o asegurado pero a veces se me hace muy difícil.

 

Lo que realmente ocurre es que hay malos profesionales ya que no explican a sus clientes para que es el seguro y que cubre. Además de imponerselo en algunos casos como por ejemplo: Seguros de Baja (ILT), Seguro de Desempleo entre otros, para hacer frente a pagos pendientes en créditos, préstamos o similares.

 

Son varias las personas las cuales me han visitado (no siendo clientes) para asesorarles y orientarles en el trámite de siniestros y después de revisar la documentación he visto que no se deberían de haber contratado dichas pólizas. Por ejemplo: un caso de una persona que acaba en el Inem y no cobra la prestación de la póliza porque el último contrato de trabajo que tuvo era temporal ¿por que cuando hizo la declaración del riesgo no le advirtieron de tal circunstancia? Con lo cual ha pagado durante dos años y ahora no tiene indemnización. Otro ejemplo: Persona que sufre un infarto en la década de los 90 y hace un seguro de bajas para cubrir un préstamo en el año 2004 (a petición del profesional que le asesora en ese momento) tiene una baja de 11 meses por problemas coronarios y tampoco cobra, el cliente mantiene que explicó las dolencias tenidas a la persona que le asesoró en la contratación de la póliza.

 

Por otro lado, me encuentro con clientes y asegurados en situaciones que te piden una oferta de cualquier riesgo, lo estudias y elaboras varios presupuestos con un coste de 4.000 € el más caro y 2.500 € el más económico, después de hablar con él en varias ocasiones para hacer las aclaraciones oportunas se decide y escoge el de 2.500 €, pasan los años y hay un siniestro, resulta que aquella garantía la pusistes a valor parcial por que él te dijo que aquello nunca ocurriría y si ocurría él se haría cargo de la diferencia. Cuando el cliente sabe el valor de la peritación y le llevas el talón o recibe la transferencia, siempre vuelves a escuchar la misma retaíla “claro no me leí la LETRA PEQUEÑA”.

 

Sres. Profesionales, hagan el favor de explicar las cosas como son y si no se puede hacer no se haga. Y Sres Clientes cuando pidan una oferta y hay una diferencia muy importante si no saben pregunten por qué es así, no se lleven a engaño a lo mejor no se puede dar algo que vale 4.000 € por 2.500 €.

 

Espero que este post haga recapacitar a unos y a otros, ya que a veces las compañías no tienen toda la culpa. Julio Cesar Andreu


2 Respuestas para “LETRA PEQUEÑA EN LOS SEGUROS”

  1. LO DE LA LETRA PEQUEÑA TAMBIEN PODRIA ENTENDERSE DE FORMA LITERAL EN LA QUE SE ESCRIBEN Y REDACTAN LOS CONTRATOS DE SEGUROS Y OTROS TIPOS DE FORMULARIOS, ES IMPOSIBLE EL QUE UNA PERSONA NORMAL PUEDA CASI LEER LO ESCRITO YA QUE ES TAN MINUSCULO QUE SE NECESITA MUCHAS VECES LUPA PARA LEERLO, NO CREE USTED QUE HAY UN ACTO DE MALA FE O DE PUBLICIDAD ENGAÑOSA POR PARTE DE LAS COMPAÑIAS AL REDACTAR NO LAS POLIZAS, SINO LOS ARTICULOS DE LAS MISMAS Y QUE ELLO LLLEVA A HERROR AL USUARIO AL NO PODER VER LO QUE HA FIRMADO Y COMPROBAR QUE COINCIDE CON LO QUE LE HAN DICHO??.

  2. Hola, y muchas gracias por consultar el blog y enviarme este comentario. Como respuesta a él, cualquier persona normal es capaz de ver las letras de las pólizas hoy en día y las condiciones o clausulas que tiene que leer con mayor atención, es obligado ponerlas en letras mayúculas o bien remarcadas en negrilla, (obligado por ley desde hace años) no creo personalmente que ninguna compañía al redactar un condicionado actue de mala fe o intente engañar al cliente, además antes de salir al mercado cualquier tipo de póliza tiene que estar autorizado por la DGS, la cual previamente se ha encargado de revisar dicho condicionado y si hay clausulas lesivas para el asegurado lo hace cambiar y si aún así saliese al mercado por error la ley prevee que será nula de pleno derecho, además, la compañía estaría en la obligación de pagar el siniestro si existiese. Con todo ello para salvaguar los intereses de los clientes hay una figura llamada Mediador de Seguros que es el encargado de explicar dicha póliza y cuando se entrega el presupuesto tiene el cliente derecho a pedir las condiciones antes de contratar y después formalizado el contrato y pagada la prima aún tiene derecho el tomador durante 20 días a retornar la póliza si no se adapta a las condiciones pactadas en la solicitud. Espero que estas aclaraciones le den un poco de más luz a estas situaciones. Andreu

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